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La denominación que le des va a depender de la normativa. Lo del encanto lo puede tener una posada, una casa, un hotel, pero no es una clasificación legal, si no subjetiva. Por lo que primero deberías observar la normativa para ver donde se podría encuadrar tu establecimiento. En cuanto a si posadas u hotel, una posada es una categoría inferior que la de hotel, así que yo te aconsejaría la de hotel porque de entrada tiene más requisitos que entender. Hoy en día casi todas las comunidades han ido haciendo desaparecer las categorías inferiores de establecimientos, obligándoles a subir de categoría, que supongo debe estar motivada por la demanda del mercado. En cuanto a los establecimientos rurales en Andalucía, te aconsejo que mires el decreto 20/2002, de 29 de enero, de turismo rural en el medio rural y turismo activo. Si Tarifa está en el litoral y tiene más de 20 mil habitantes en principio no se si será posible que sea un establecimiento rural. Saludos Susana
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