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Sobre lo que argumentais de las subvenciones y los impuestos, esas subvenciones no sólo tienes que incluirlas anualmente en el impuesto de sociedades como un ingreso sino que si recibes subvenciones directas a la inversión, no puedes deducir el porcentaje correspondiente de IVA a esa subvenció, y si recibes subvencioens de intereses o a la explotación no puedes deducir todo el IVA que has soportado, se te aplica una fórmula o prorrata que te dice qué porcentaje de IVA soportado puedes deducir. Y lo sé seguro porque me ha pasado a mí, hemos iniciado nuestra actividad el año 2001, al finalizar el año tenía una diferencia de IVA de 1.700.000 pesetas negativa, y solicitamos la devolución por lo que hemos tenido una inspección de Hacienda, y nos pretenden quitar 500.000 pesetas por haber recibido dos subvenciones. Lo de las subvenciones me parece a mí que no deja de ser un TIMO
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