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Hola, yo también me he visto envuelto en el tema del IVA, pero no es de ningún IVA pagado y que no correspondiera, se debe al que no podíamos deducir por el sistema de prorratas que debíamos soportar por las subvenciones recibidas y que ha sido declarado improcedente por lo que debe ser devuelto. El correspondiente al año 2001 tenía el 31 de enero como fecha límite de reclamación, los de años posteriores también se puede solicitar su devolución. Cualquier gestor debe conocer la legislación que lo regula. Un saludo a todos. Luis
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